Oficina Virtual de Trámites

Ajuntament de Mutxamel

Declaración responsable quema agrícola (verano)

DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA QUEMA AGRÍCOLA EN SUELO NO URBANIZABLE O URBANIZABLE NO PROGRAMADO (verano)

OBLIGATORIO ANTES DE QUEMAR

INFÓRMESE DEL NIVEL DE ALERTA

Teléfonos: 012 (de 8:00 a 19:00 horas) o 112 (de 19:00 a 8:00 horas)
Web: www.112cv.gva.es

CONDICIONES GENERALES

  • Antes de quemar, leer siempre las condiciones al dorso del permiso de quema y enterarse del nivel de alerta:
    Teléfonos: 012 (de 8:00h a 19:00h) / 112 (de 19:00h a 8:00h)
    Web: www.112cv.gva.es
  • Es obligatorio llevar consigo esta declaración responsable cuando se esté realizando la quema.
  • El interesado permanecerá vigilando la hoguera hasta que esta se encuentre completamente extinguida.
  • Los restos agrícolas deberán proceder del mismo terreno donde se realiza la quema, no estando permitida la acumulación de restos de distintas parcelas para realizar quemas en otros lugares.
  • TODAS LAS QUEMAS QUEDARÁN AUTOMÁTICAMENTE PROHIBIDAS Y ANULADAS cuando sople viento fuerte o de poniente, o los días sean declarados de peligro máximo por la Consellería competente en prevención de incendios (?Nivel 3 de preemergencia?).
  • Cuando el nivel de preemergencia sea 2, las quemas quedan prohibidas a menos de 500 m del suelo forestal.
  • El solicitante deberá formar cortafuegos, hasta suelo mineral (donde predominen los materiales minerales a los orgánicos), alrededor de la zona que se va a quemar (mínimo 2 m) y deberá disponer de los medios de apoyo necesarios para controlar cualquier alteración del fuego.
  • Todas las quemas agrícolas se realizarán a una distancia mínima de 50 m del suelo forestal, excepto cuando se trate de hogueras de grandes dimensiones (de 2 a 3 m de altura de llama o superficie de 10 a 20 m²) y las contempladas en el Plan durante el período estival. En estos casos, deberán distanciarse entre 200 y 500 m y realizarse con quemador, según el plano del PATFOR.
  • Quedan prohibidas las hogueras que superen los 3 metros de altura de llama o aquellas en las que la cantidad de restos vegetales ocupe más de 20 m².
  • Solo será válida esta declaración responsable para las fechas y horarios indicados según el Plan Local de Quemas.
  • La responsabilidad por daños a terceros, tanto civil como penal, recaerá en el propio peticionario.
  • Ante cualquier contradicción entre este cuadro o las declaraciones responsables de quema con el documento del Plan, prevalecerá lo que figure en el Plan.
Consultar nivel de alerta